PROCESOS DISCIPLINARIOS

PRIMERA INSTANCIA

El artículo N°. 40 de la Ley 911 de 2004 señala que los Tribunales Departamentales Éticos de Enfermería  conocerán los procesos disciplinarios ético-profesionales en primera Instancia. El  proceso deontológico disciplinario se presenta con el siguiente  flujograma.

SEGUNDA INSTANCIA

El artículo N°. 40 de la Ley 911 de 2004 señala que el Tribunal Nacional Ético de Enfermería conoce en segunda instancia el recurso de apelación y el de queja.
FALLOS